Por estos motivos el régimen simple llegó para beneficiar a su pyme
Es normal que, cuando se habla de un nuevo régimen tributario, los contribuyentes enciendan sus alarmas y piensen que los pagos que realizan por su actividad comercial se dupliquen. Pero no es el caso del régimen simple, un nuevo modelo que empezó a actuar desde la puesta en marcha de la nueva Ley de Financiamiento del Gobierno Nacional actual.
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2 MinutosPero antes, recordemos lo que determina como régimen SIMPLE el artículo 903 del Estatuto Tributario: “es un modelo de tributación opcional de determinación integral, de declaración anual y anticipo bimestral, que sustituye el impuesto sobre la renta, e integra el impuesto nacional al consumo y el impuesto de industria y comercio consolidado, a cargo de los contribuyentes que opten voluntariamente por acogerse al mismo. Este sistema también integra los aportes del empleador a pensiones, mediante el mecanismo de crédito tributario”.
Beneficios del Régimen SIMPLE
Para tales efectos, en Py+ hicimos un listado enfocado en los beneficios a los que podría acceder si decide pasarse voluntariamente al régimen SIMPLE, conforme el Artículo 903:
+ El régimen SIMPLE e sustituyó el impuesto sobre la renta y e integró el impuesto nacional al consumo.
+ No está sujeto a retención en la fuente. Además de esto no deberá practicar retenciones y autorretenciones en la fuente.
+ Deberá migrar a la factura electrónica. Esto significa que va a empezar a disminuir gastos en papelería y trámites propios de la factura física (papel). Además de muchos otros beneficios que representa empezar a facturar electrónicamente.
+ Disminución del valor de las tasas. La tarifa de este modelo tributario va desde el 2% y termina en el 11,6%, a diferencia de la tarifa que se paga en el impuesto sobre la renta, que van subiendo periódicamente hasta más del 33%.
+ No deberán actuar como agentes de retención.
Ahora que conoce los principales beneficios que puede traerle el nuevo régimen SIMPLE, lo invitamos a que, si tiene alguna duda con respecto a algunos de los términos que se manejan en este nuevo modelo de tributación, visite el Especial de Régimen Simple que preparamos para usted.
*Fuentes consultadas:
Ministerio de Hacienda y Crédito Público: