El régimen simple, un nuevo modelo de tributación pensado en favor de las empresas
La formalidad siempre paga. Hacer las cosas de manera legal no solo por cumplir con las obligaciones tributarias, sino por hacer parte de las pequeñas y medianas empresas que revitalizan el comercio y la economía del país le dará más beneficios de los que se imagina. Le contamos qué es el régimen SIMPLE.
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3 MinutosLa nueva Ley de Financiamiento, puesta en marcha por el gobierno actual, se ha planteado como uno de sus principales objetivos apoyar a los emprendedores, por lo que propuso un nuevo sistema que va a reemplazar al ya obsoleto régimen monotributo, el cual estuvo vigente durante más de dos años con una acogida menor de la esperada.
Aquí aparece el régimen SIMPLE, un sistema renovado que busca fomentar la formalización de todos los negocios del país, para que se acojan a los beneficios que trae este modelo.
Este modelo de tributación actualizada va dirigida a personas naturales o jurídicas que tengan un negocio, y para contribuyentes con ingresos inferiores a 80.000 uvt al año, es decir, para quienes facturen menos de $2.700 millones al año.
En síntesis, lea el cómo, cuándo, dónde y por qué del régimen SIMPLE
Para que no quede ninguna duda en el aire sobre qué es el régimen SIMPLE y por qué debería acogerse, en esta síntesis encontrará los cuatro puntos clave para que tome la decisión de pasarse a este modelo de tributación que lo llevará de inmediato a la formalidad empresarial.
Contexto: actualmente se reportan más de un millón de negocios informales que no están cumpliendo con sus deberes tributarios y que, por tanto, no pueden acogerse a los beneficios del régimen SIMPLE.
Cómo: para pasarse al modelo de régimen SIMPLE solo debe inscribirse por medio de una actualización del registro único tributario -RUT-.
Cuándo: tiene plazo de inscribirse hasta el 31 de julio del año en curso
Por qué: una vez se ha inscrito, podrá acceder a beneficios del régimen SIMPLE como:
- La integración de varios impuestos : renta, industria y comercio avisos y tableros, (IVA e impuesto nacional al consumo en algunos casos específicos).
- Las tarifas están basadas en la actividad económica del contribuyente. Y están entre el 1.8% y el 11.6%.
- No estarán sometidos a renta presuntiva
- Tendrán descuentos tributarios quienes hagan aportes a pensiones y quienes recauden por medio de sistemas electrónicos
- Se exonerarán de calcular autorretención en renta quienes practiquen retención en la fuente
- No deberán declarar IVA aquellos que tengan una tienda, peluquería o minimercado que llegue al tope de ingresos.
A continuación, la tabla de las tarifas que manejára el régimen SIMPLE
No espere hasta el último día (31 de julio) para tomar la decisión de pasar a su pyme a la formalidad. Revise los beneficios y cómo estos apoyarían el crecimiento de su negocio. En Py+ nos interesa que tome las mejores decisiones en favor del progreso de su emprendimiento.
Fuentes consultadas: Portal web Consultor Contable* y página web de la Dian**
* https://www.consultorcontable.com/
** https://www.dian.gov.co/