Especial Reforma Tributaria No.2: Aclaramos algunos puntos básicos sobre el impuesto a la renta
Con la aprobación tan polémica de la Reforma Tributaria han nacido muchas apreciaciones poco claras. Entre esas la del Impuesto a la renta. Aquí le tenemos un análisis acertado del antes y el después del tributo que más afecta a su pyme.
Este especial se hizo gracias a la colaboración de los especialistas tributarios: Jaime Villaveces, William Clavijo y Maria Rosalba Suárez.
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6 MinutosAño tras año, a su pyme le toca declarar renta. Calcular su impuesto con base en los ingresos anuales que obtuvo y pagar el monto correcto es una tarea que debe hacer para mantener una relación sana con la DIAN.
Con la aprobación de la Reforma Tributaria a finales de 2016, las reglas de juego del impuesto a la renta cambiaron tanto para personas naturales como para las empresas. La buena noticia para su pyme es que se estableció reducir las tarifas del tributo para las sociedades y ampliar la base gravable mínima de las personas comunes y corrientes. (Estas ahora tendrán que presentar el impuesto a la renta bajo un sistema de rentas cedulares, que solo aplica para ellas, no para las empresas. Tenga esto presente).
En otras palabras, más individuos comenzarán a declarar, mientras que a las compañías se les va a "aliviar" un poco el pago de este impuesto. Es una cuestión de equilibrar la balanza.
Primero entremos en contexto
En nuestro país, su empresa debe cumplir con su obligación tributaria cada cierto período de tiempo. Los dos impuestos más representativos son el IVA y el impuesto a la renta. El primero es un tributo indirecto, ya que su empresa hace el papel de recaudadora y son los consumidores finales los verdaderos contribuyentes. En cambio, el segundo recae directamente en las utilidades de un negocio. De ahí que este impuesto sea una de las mayores preocupaciones de su pyme.
Si bien es cierto que el impuesto a la renta es un poco agresivo, por calcularse sobre la renta liquida de su pyme, no tiene que convertirse en un sufrimiento cada vez que le toque pagarlo. Se puede solucionar con una buena planeación financiera. Para ayudarlo, analizamos cómo va a cambiar el impuesto en el 2017 con respecto al 2016, junto a María Rosalba Suárez, especialista en legislación tributaria.
Lo que pagará por su 2016
Lo primero que debe saber es que la declaración de renta del año 2016, que le corresponde presentar a mediados de 2017, la tendrá que hacer con las tarifas que estaban establecidas antes de la Reforma.
Así que en su próxima declaración tendrá que pagar impuesto a la renta y sus demás "decorativos"; es decir, CREE (Impuesto Sobre la Renta para la Equidad) y sobretasa al CREE. Recordemos que estos dos impuestos nacieron en la Reforma de 2014 con el objetivo de amortiguar la disminución a 25% de la tarifa del impuesto de renta y seguir recaudando un monto considerable.
De esta manera, desde la Reforma pasada las empresas empezaron a pagar 25% de Impuesto a la Renta y 9% de CREE, lo que suma un 34%. "Un impuesto a la renta disfrazado de dos", afirma María Rosalba.
En resumen, la tarifa del impuesto de Renta que pagará por el 2016 (en 2017) es así:
- Impuesto a la Renta: 25%
- CREE: 9%
- Sobretasa del CREE: 6%
Los cambios que verá cuando pague su impuesto de 2017
Las modificaciones que propuso la Reforma Tributaria para el impuesto de renta tendrá que empezarlas a aplicar en el 2018, cuando haga su declaración de 2017. Para fortuna de su negocio, el Gobierno propuso que se eliminará el CREE y su sobretasa, una decisión que simplifica la contribución tributaria.
Una de las razones principales de eliminarlos es que el Gobierno identificó que las empresas enfrentaban muchas dificultades en el pago de renta y CREE al mismo tiempo, ya que los dos se calculan sobre bases distintas y sus tarifas no son las mismas. Por ejemplo, las ganancias ocasionales de una empresa no se tienen en cuenta para el CREE, pero sí para la renta. Esto hace una diferencia en el cálculo de cada impuesto.
Pero la transición de eliminar por completo el CREE y su sobretasa no puede hacerse de la noche a la mañana. Lo que propuso el Gobierno es que para el 2017, las empresas paguen un 34% de renta, es decir, vuelve a aumentar la tarifa del impuesto principal. Y además, paguen un 6% de sobretasa de renta. Pero estas tarifas no serán permanentes.
En la declaración de 2018, las sociedades pagarán 33% de Renta y 4% de sobretasa de renta. Finalmente, para el año 2019 se fijará una única tarifa de 33%, sin sobretasa y sin ningún impuesto adicional. Vale la pena aclarar que la sobretasa de renta aplica únicamente para las empresas que tengan una renta líquida mayor a $800 millones.
Entonces, la tarifa del Impuesto a la Renta que pagará por el 2017 (en el 2018) será:
- Renta: 34%
- Sobretasa de renta: 6% (>800.000.000)
La propuesta de convertir la renta en un único impuesto es un paso lógico del sistema tributario, si se busca que cada vez sea más sencilla la forma de contribución. Sin duda, este cambio va a afectar positivamente a su pyme. Jaime Villaveces, Especialista en Gerencia de Impuestos, asegura que al reducirse el número de impuestos de renta y disminuir su carga tributaria, pymes como la suya van a poder generar más trabajo y aumentar su competitividad. Eso es lo que busca el Estado. Ahora esperemos que no proponga una nueva Reforma en los próximos años y que este "alivio" para las empresas permanezca.
El Impuesto a la Renta es uno de los que más afecta a su pyme. ¿Tiene dudas sobre cómo calcularlo? ¿No entiende desde cuándo empiezan a regir las nuevas tarifas? Si tiene estas y otras preguntas, lo invitamos a compartirlas en los comentarios.
Lo invitamos a seguir leyendo nuestro especial de Reforma Tributaria No.3: ¿Sabe qué gastos puede deducir ahora de su renta? Le tenemos la respuesta.