Conozca la primera Ley de Comercio Electrónico de Colombia

Conozca la primera Ley de Comercio Electrónico de Colombia

En Pymas, portal emprendedores, conozca la Ley de Comercio Electrónico en Colombia, la primera en sentar las bases de un marco regulatorio más amplio en el país.


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La primera Ley de Comercio Electrónico en el país es conocida como la Ley 527 del 18 de agosto de 1999. Esta estableció las bases para el e-commerce, el uso y acceso de los mensajes de datos, las firmas digitales y las bases para la construcción de un marco regulatorio más amplio para el sector de los e-commerce.

Esta norma tomó como referencia algunos principios planteados en las primeras leyes sobre estos temas: la Ley Modelo de Comercio Electrónico de 1996 y la Ley Modelo de Firmas Electrónicas de 2001, elaboradas por la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Comercial Internacional (CNUDMI).

Los cuatro puntos más relevantes en la Ley de Comercio Electrónico

A continuación en Py+ encontrará cuatro puntos destacados de la Ley de Comercio Electrónico: 1) disposiciones y definiciones generales sobre los mensajes de datos, 2) el e-commerce y mercancías, 3) las firmas digitales y 4) la creación de entidades de certificación. Estos son los cuatro puntos más relevantes en la norma, que está dividida en tres partes y que tiene cerca de 50 artículos.

Reconocen los mensajes de datos como legítimos

Son tres los capítulos los que conforman la primera parte de la Ley, estos hablan sobre la regulación, definición, características de los mensajes de datos y de su validez como prueba judicial.

Aquí podrá revisar las características que deben cumplir los mensajes de datos para ser tomados como legítimos, la manera de conservarlos, su recepción, archivo y eliminación, entre otras.

Dentro de los primeros tres capítulos de la Ley también se abre el camino para la aceptación y validez de un contrato u oferta por medio de mensajes de datos, allí establecen las reglas de juego para ello.

Podría decirse que de esta manera se dio luz verde a la creación de la facturación electrónica, ya que permitió darle legitimidad a los documentos virtuales y por ende a la validez de un proceso de compra de productos por medio de mensajes de datos.

Puede leer también: ¿Cómo implementar la facturación electrónica en 5 pasos?

Reglas de juego para el comercio electrónico y el transporte de mercancía

La segunda parte de la Ley establece como válido el uso de mensajes de datos en los procesos de transporte de mercancías, teniendo en cuenta que se empleen métodos confiables para garantizar su veracidad. Aquí se especifican las condiciones y momentos en los que un mensaje de datos es admitido o no en lugar del papel, dentro del proceso de envío y transporte de mercancías.

En este sentido se dio un paso hacia el nacimiento del comercio electrónico tal como lo conocemos hoy en Colombia. Contribuyó, por ejemplo, a autorizar el envío de notificaciones por mensaje de datos del estado de envío de las mercancías, pérdidas o daños.

Luz verde a las firmas digitales

Por primera vez en el país se les concede poder igualitario a las firmas digitales respecto de las manuscritas. En esta tercera parte de la Ley podrá consultar las características que se deben tener en cuenta para que estas sean tomadas como válidas. En este apartado se indican aspectos claves como que deben pertenecerle a una única persona, que sean verificables, que estén protegidas y se especifica que se tratan de firmas representadas por aspectos numéricos.

Desde esta norma se legalizan las firmas digitales, las cuales mantienen su uso hoy en día, por ejemplo, en las declaraciones de renta con la DIAN, para firmar documentos de adquisición de bienes inmuebles, etc.

Nacen los encargados de la certificación de firmas

En este apartado aprueban la creación de entidades encargadas de la certificación o creación de firmas digitales y custodia de la información. Estas disposiciones las encontrará también en la tercera parte de la norma, allí se establecen los deberes de estas entidades, sobre todo aquellos relacionados con la salvaguarda de la información y actividades específicas.

Además, podrá revisar las condiciones que deben seguir las entidades de certificación para expedir los certificados, se les exigió que, por ejemplo, estos debían contener los datos básicos de la persona a la que se le certifica la firma, la metodología de verificación, etc.

Hoy en día existen plataformas dedicadas a la certificación de la firma digital y gestionan lo que se conoce como “acuerdos electrónicos”.

La Ley de Comercio Electrónico se configuró como un punto de partida que permitió legislar previendo las dinámicas que podrían generar el comercio y las tecnologías que estaban en plena evolución. Por ello, con el tiempo, se crearon otras leyes como el Estatuto del Consumidor, Ley 1480 de 2011; Ley 633 de 2000, artículo 91; Ley 1581 de 2012, Régimen general de protección de datos personales, entre otras, que conforman un marco regulatorio en donde se esclarecen mucho más los deberes, derechos de los e-commerce y consumidores.

Fuentes consultadas:

Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de Colombia. Ley 527 de 1999. En: https://www.mintic.gov.co

Daniel Peña Valenzuela. Dos décadas de la Ley de Comercio Electrónico en Colombia. En: https://dernegocios.uexternado...

Observatorio eCommerce. Marco Regulatorio del eCommerce. En: https://www.observatorioecomme...

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